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La Audiencia de Cádiz se rearma contra el ‘petaqueo’ de gasolina para abastecer a los narcos

Los magistrados refrendan aplicar el delito de tenencia de sustancias inflamables al cada vez más pujante y peligroso suministro de combustible para las narcolanchas. Solo en la Bahía de Cádiz se instruyen una veintena de causas

Una narcolancha refugiada del temporal y a la espera de suministro, a primeros de abril en el Caño de Sancti Petri (Chiclana)
Jesús A. Cañas

Uno o dos tipos, una furgoneta —alquilada o destartalada de vieja— y decenas de petacas repletas de gasolina. Es una escena que cada vez es menos rara de toparse en una gasolinera low cost de la provincia de Cádiz. El denominado petaqueo de combustible para abastecer a las narcolanchas emergió hace ya más de un año como uno de los problemas más acuciantes de los agentes que luchan contra el narcotráfico en el Estrecho, preocupados qué ilícito penal podían emplear para perseguir la actividad. El debate ha escalado ahora hasta llegar ámbito judicial y forzar una reunión en el seno de la Audiencia Provincial gaditana en el que los magistrados han decidido por mayoría considerar delito esos portes de gasolina en garrafas. El encaje, realizado con base en la interpretación de un artículo ya existente del Código Penal, llega a falta de una modificación legislativa que solicitó, sin éxito, la Fiscalía Antidroga al Gobierno hace ya cuatro años.

Después de, al menos, tres autos contradictorios de distintas secciones, los magistrados responsables de lo penal de la Audiencia Provincial de Cádiz se citaron al mediodía de este jueves en un plenillo a puerta cerrada para decidir qué hacer con el petaqueo, un mal del narcotráfico tan novedoso que aún está en fase de instrucción en la mayoría de los juzgados gaditanos. Sobre la mesa estaba si a una persona a la que detienen portando decenas de garrafas de gasolina se le puede aplicar el artículo 568 del Código Penal que imputa de cuatro a ocho años de prisión a quien tenga, transporte o deposite “sustancias o aparatos explosivos, inflamables, incendiarios”. A falta de la publicación del acta oficial, los magistrados decidieron por mayoría —con el voto de Algeciras, Ceuta, Jerez y parte de Cádiz— que sí era viable, según explican fuentes conocedoras de ese dictamen a EL PAÍS. Aunque la decisión de la reunión no es jurisdiccional ni vinculante, sí que marca un hito clave en las armas legales con las que se puede perseguir el petaqueo. O, al menos, hasta que la duda escale aún más hasta llegar al Tribunal Supremo, cuyo pronunciamiento sí resultaría fundamental.

El cerco policial establecido por el Gobierno a partir de 2018 modificó la forma de trabajar de las mafias del hachís. La conversión de las narcolanchas en género prohibido y la presión de las investigaciones policiales hizo que los narcos decidieran mantener sus embarcaciones fondeadas lejos de la costa durante semanas y meses. Ahí se hizo fuerte la figura del petaquero, un trabajador del narco que, a bordo de lanchas o incluso narcolanchas, se acerca a esas semirrígidas a suministrarle gasolina y víveres. Desde entonces, los agentes comenzaron a detectar embarcaciones y coches atestados de bidones de gasolina, repostados en gasolineras low cost, en las que no suele haber personal de forma estable.

Los primeros operativos contra esta actividad subsidiaria del narco quedaron en nada, ya que la normativa española no contempla como delito específico el transporte de gasolina, más allá de la infracción administrativa. Eso provocó que la fiscal Antidroga de Andalucía, Ana Villagómez, además de pedir la modificación del Código Penal, decidiese emitir una nota interna a las Fiscalías en las que argumentaba que el transporte de combustible podía encajar con el ilícito marcado en el artículo 568, ubicado dentro del título de los delitos contra el orden público. La nota, emitida en septiembre de 2024, dio un asidero a diversas investigaciones policiales que, desde entonces, han desembocado en operativos en los que a los detenidos se les imputa ese delito en concurrencia a otros —en función de las circunstancias—, como conducción temeraria o estragos.

Tan solo en la zona de la Bahía de Cádiz —especialmente, en los juzgados de Chiclana de la Frontera y El Puerto de Santa María— hay ya una veintena de causas en instrucción en estos momentos relacionadas directamente con el petaqueo de gasolina, según apuntan fuentes judiciales conocedoras del caso. Las decisiones de los jueces instructores de aceptar o no las peticiones de prisión provisional que, desde septiembre de 2024, suele realizar la Fiscalía —junto a otros condicionantes, como el riesgo de fuga— ha desembocado en recursos a estos pronunciamientos, de las defensas o del propio ministerio fiscal, que acaban en las secciones penales de la Audiencia de Cádiz, con sede también en Jerez, Ceuta y Algeciras.

Y es ahí donde ha surgido la disparidad, en decisiones con argumentaciones contradictorias en apenas el último mes. A principios de marzo, la Sección Cuarta Penal de la Audiencia de Cádiz determinó que la aplicación del artículo 568 era dudosa, ya que la gasolina es un combustible de uso legítimo al que solo se puede aplicar ese ilícito cuando se pretenda usar como arma. La Sección Séptima de la Audiencia en Algeciras, en un auto del pasado 13 de marzo, se pronunció de manera similar al considerar que solo es ilegal “cuando se posean o se fabriquen para obtener explosivos”. Pero ya ahí uno de los magistrados emitió un voto particular en el que sí consideraba que ese artículo era válido para el petaqueo.

Sin cambio de ley

El argumento acabó desarrollado en otra ponencia de 20 páginas del pasado 27 de marzo de Algeciras que debía dirimir la situación de otro de los investigados en la misma causa de portes de combustible en la que ya se pronunció el 13 de marzo. Mientras que entonces los magistrados decidieron confirmar el auto del Juzgado de Instrucción Número 2 algecireño que dejaba en libertad a uno de los detenidos, en este de finales de mes, los tres magistrados ponentes sí acordaron atender al recurso de la Fiscalía y envió al investigado a prisión provisional. La argumentación —de la que participó el magistrado que emitió ese voto particular la vez anterior— considera que el transporte de 164 petacas gasolina, el riesgo de fuga y la concurrencia del delito de contrabando eran suficientes para enviar a prisión al investigado, a la espera de juicio.

En su auto, la Séptima de Algeciras argumenta que el 568 del Código Penal es aplicable al petaqueo porque se trata de un delito de “simple actividad”, lo que implica que no es necesario que exista una finalidad delictiva de hacer explotar o incendiar la gasolina para poderlo emplear contra los suministradores del narco. De hecho, los tres magistrados ponentes recuerdan que la tenencia de sustancias inflamables con ese propósito delictivo es una consideración del Código Penal de 1973 que desapareció en el texto actual. Para apoyar su tesis, recuerdan pronunciamientos de hasta tres sentencias del Tribunal Supremo que apuntalan esa idea, referidas en esos casos a otras sustancias peligrosas, como la pólvora.

La fiscal antidroga de Andalucía, Ana Villagómez, recuerda con cautela que la persecución del petaqueo es tan inicial que todavía ninguna de las causas ha pasado de la fase de instrucción. Por eso, los pronunciamientos de las secciones de la Audiencia son, por ahora, solo autos “que no se pronuncian sobre el fondo de la cuestión”. La fiscal, artífice de la idea de aplicar el artículo 568 a los suministradores del narco avanza que ahora la Fiscalía continuará apoyándose en él para realizar sus peticiones. Con todo, Villagómez no descarta, que en el camino y, a base de recursos de las defensas, la cuestión puede llegar al Tribunal Supremo: “Ahí sí es vinculante. Ha habido otras ocasiones, como en las demoliciones de viviendas ilegales, que al final se confirmaron. Vamos a quemar todos los cartuchos”, defiende Villagómez.

El debate legal de estos días no se habría producido si el Gobierno hubiese accedido ya a la petición la Fiscalía Antidroga de Andalucía que, en 2021, solicitó por primera vez convertir el petaqueo en un ilícito legal. La medida llegó a entrar en estudio del Ministerio de Justicia, pero no ha llegado aún a materializarse. La institución, a preguntas de EL PAÍS, no ha aclarado en qué punto se encuentra el estudio y si finalmente accederán al cambio legislativo. “Lo último que supimos es que desde que nos dijeron que no tenían seguro que contase con apoyos suficientes en el Congreso”, apunta una fuente judicial, que recuerda que el PP ya ha planteado una modificación para reconocer el petaqueo con penas de ocho años de prisión.

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Sobre la firma

Jesús A. Cañas
Es corresponsal de EL PAÍS en Cádiz desde 2016. Antes trabajó para periódicos del grupo Vocento. Se licenció en Periodismo por la Universidad de Sevilla y es Máster de Arquitectura y Patrimonio Histórico por la US y el IAPH. En 2019, recibió el premio Cádiz de Periodismo por uno de sus trabajos sobre el narcotráfico en el Estrecho de Gibraltar.
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